Prácticas voluntarias
Seguridad Social
Pasantías voluntarias sin compensación no están sujetas a las contribuciones de seguridad social.
Pasantes voluntarios tienen, en cuanto a la ley de formación profesional, derecho a una indemnización razonable para los gastos de vida cotidiana. Se excluyen prácticas de hasta un mes.
Para las pasantías con ingresos mensuales inferiores a 400€, se paga un importe global al seguro de enfermedad.
Para prácticas con ingresos mensuales por encima de 400€, que tardaran más de dos meses, con más de 20 horas laborales por semana, existe afiliación obligatoria de seguro de enfermedad, de pensiones, de dependencia y de desempleo (este último no se aplica a los alumnos). Los aportes transfieran las empresas.
Seguro de accidentes
Es un seguro obligatorio que paga el empleador. En cuanto a daños causados por el pasante el empleador tiene la responsabilidad.
Derecho del trabajo
Se tiene derecho a vacaciones, un certificado, así como a los derechos de los trabajadores en general (por ejemplo: continuación del pago salarial durante enfermedad y vacaciones). Según la Ley de la Formación Profesional sólo existen excepciones en la protección contra el despido.
Influencia de las prácticas a los beneficios del gobierno
Las recompensas de las prácticas se consideran ingresos y tiene una influencia sobre los préstamos estudiantiles, subsidio por hijos y de vivienda, las pensiones de orfandad y el impuesto sobre la renta. Se tiene que respetar los límites de ingresos aplicables.
Las modalidades de prácticas obligatorias siguen en la parte 2 .